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Contralor de Obras Particulares

Código de Edificación

Trámites

1.1.1.1. Trabajos que requieren permiso de construcción

El propietario deberá solicitar el permiso con intervención del profesional de la categoría que corresponda para:

  • Construir nuevos edificios.
  • Ampliar, refaccionar o transformar lo ya construido.
  • Cerrar, abrir o modificar vanos en la fachada principal.
  • Modificar y/o revestir la fachada principal.
  • Elevar muros.
  • Cambiar o modificar estructuras de techos.
  • Desmontar y excavar terrenos.
  • Terraplenar y/o rellenar terrenos.
  • Efectuar demoliciones.
  • Efectuar instalaciones mecánicas, eléctricas, térmicas y de inflamables y ampliar, refaccionar o transformar las existentes.
  • Construir, ampliar o refaccionar panteones y bóvedas.
  • Instalar vitrinas, toldos, carteleras, anuncios, proyectores y toda instalación que requiera estructura o afecte la estética y/o seguridad.
  • Construir, ampliar o refaccionar playas de estacionamiento.

1.1.1.2. Trabajos que requieren aviso de obra

El propietario deberá dar aviso con quince (15) días de anticipación a la iniciación de los trabajos, sin intervención de Profesional y exento del pago de derechos, para:

  • Revocar, limpiar o pintar fachadas principales.
  • Modificar el cordón del pavimento.
  • Ejecutar o cambiar el revoque en cercas del frente.
  • Ejecutar solados.
  • Ejecutar o cambiar revestimientos, revoques exteriores o trabajos similares (excepto en fachadas).
  • Cambiar el material de cubierta de techos sin cambio de estructuras.
  • Ejecutar cielorrasos aplicados.
  • Ejecutar trabajos que no requieran permiso pero cuya realización demanda la ejecución de valla provisoria para ocupar la acera con materiales.

1.1.1.3. Permiso de uso

Se deberá solicitar permiso de uso para utilizar un predio o cambiar el uso de edificios, estructuras, instalaciones o parte de los mismos.

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Fecha de publicación: 23.09.2008

Bahía Blanca | Gobierno Municipal