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Contralor de Obras Particulares

Código de Edificación

De la ejecución de las obras

De los Suelos Aptos para Cimentar

3.4.1.0. Suelos aptos para cimentar

Se consideran terrenos resistentes o aptos para cimentar, los constituidos por tierra compacta, greda blanca arenosa, tosquilla, tosca, arcilla y arena confinada.
Se prohíbe cimentar en tierra vegetal y excepcionalmente se autorizará a hacerlo en terraplenamientos, siempre que se adopten las precauciones técnicas necesarias para asegurar la estabilidad de la obra.
Sin perjuicio de lo establecido en la ordenanza respectiva y su reglamentación, el Departamento Contralor de Obras Particulares queda facultado para exigir en cualquier caso, los ensayos de los terrenos que crea necesarios a fin de justificar los coeficientes de trabajo y los procedimientos constructivos.

3.4.1.1. Compilación de datos

El Departamento Contralor de Obras Particulares copilará los datos para suministrar informes a pedido del interesado.

De los Sistemas y Materiales de Construcción e Instalaciones

3.5.1.0. Sistemas nuevos o especiales de construcción e instalaciones

Se permitirá el uso de sistemas nuevos o especiales de construcción o instalaciones cuando ensayos previos de los mismos, fundados en razones de higiene y seguridad, hayan dado resultados satisfactorios.

3.5.1.1. Calidad de los materiales de construcción e instalaciones

Todos los materiales y productos de la industria serán de calidad apropiada a su destino y exentos de imperfecciones. El Departamento Contralor de Obras Particulares podrá disponer el ensayo de todo material a efectos de verificar su calidad.

Fecha de publicación: 23.09.2008

Bahía Blanca | Gobierno Municipal