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de inversiones
Promoción de Inversiones
Ley provincial 10.547
Dicha ley prevé la eximición del
IMPUESTO A LOS INGRESOS BRUTOS y del IMPUESTO INMOBILIARIO para las
radicaciones industriales nuevas que se realicen en el ámbito
de la Provincia de Buenos Aires, o para aquellas que estando ya instaladas
cumplan con
determinadas caracter ísticas
y/o condiciones. Asimismo, la Ley contempla otros beneficios como:
- Asistencia técnica y científica por parte de organismos
del Estado.
- Preferencia en las licitaciones del Estado.
- Preferencia en la provisión de fuerza
motriz y gas.
De acuerdo a la región donde se encuentra encuadrada Bahía
Blanca le corresponde un período de exención de 4 años
de promoción industrial, el cual puede extenderse hasta 10 años,
dependiendo de la actividad de que se trate y de que se verifiquen ciertas
condiciones.
PROCEDIMIENTO
- Completar Anexo General.
- Llenar Anexo A o B, según la actividad productiva de
la empresa
- Entregar a la Agencia de Desarrollo quien elevará el trámite
a la Dirección de Promoción Industrial del Ministerio
de la Producción de la Provincia de Buenos Aires.
Ordenanza Municipal 6.492/91
Ordenanza 6492/91
Por medio de la misma la Municipalidad de Bahía Blanca ha adherido
a la ley Provincial Nº 10.547 de Promoción Industrial, y
según la misma aquellas empresas que obtengan de la Provincia
de Buenos Aires dicha promoción, automáticamente, y por
el mismo período en que aquella haya sido concedida, quedarán
eximida de las siguientes tasas municipales:
- Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias.
- Tasa Inspección
de Seguridad e Higiene.
- Tasa por Inspección veterinaria.
- Derechos de Construcción.
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