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Exenciones Impositivas

Inscripción en el Registro Provincial de Microempresas


Para la Instrumentación de los beneficios derivados de la Ley Provincial de desarrollo y promoción de la Microempresa bonaerense, la Subsecretaría de Desarrollo y Promoción de Microempresas articuló un Registro Provincial, de cuya registración se desprenden los siguientes beneficios:

  • El Estado Provincial, sus Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos o Autónomos y las Municipalidades, podrán adquirir por contratación directa y con criterios de prioridad, bienes y servicios producidos por las Microempresas inscriptas en el Registro, siempre y cuando la oferta cotizada sea la más conveniente al interés fiscal en términos de calidad, cantidad. Tiempos de disponibilidad y precios.
  • Exceptúese a las Microempresas inscriptas en el Registro de artículo 2° de la presente del régimen de anticipos mínimos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecido en los artículos 167° y 168° del Código Fiscal, Ley 10.397 y sus modificatorias (T.O. en 1996), debiendo abonar dicho gravamen conforme a sus reales ingresos. Cada Microempresa podrá optar, de manera fehaciente, por el pago bimestral, o el del importe total del impuesto devengado con la presentación de la Declaración Jurada anual, en cuyo caso se adicionarán, como máximo, los intereses resarcitorios de artículo 75° del Código Fiscal (T.O: en 1996), conforme lo establezca la reglamentación.
    Los bienes nmuebles pertenecientes y afectados a Microempresas, quedarán gravados, en el porcentaje de afectación a la actividad productiva objeto de aquellas, con el nivel del monto de Impuesto Inmobiliario que se establezca particularmente en cada Ley Impositiva, según la planta a la que pertenezcan los mismos, por un plazo no menor a dos (2) años desde la inscripción en el Registro de Microempresas.
  • Los microempresarios inscriptos podrán afiliarse al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), conforme con las condiciones y valores del cargo que la Autoridad de Aplicación convenga con aquél.
  • Las Microempresas inscriptas que fabriquen productos con potencialidad de exportación, tendrán prioridad para que los mismos sean incluidos en las promociones que realice la Provincia en el exterior, tales como Misiones Comerciales y participación en Ferias Internacionales.
  • Las Microempresas inscriptas podrán realizar el pago por Inscripción de Productos en Bromatología hasta en 48 cuotas consecutivas mensuales, o las cuotas resultantes a una cuota mínima de $ 30.

PROCEDIMIENTO:

  1. Completar el Formulario de Inscripción y acercarlo a la Municipalidad de Bahía Blanca.
  2. Se eleva el Trámite a la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo de Microempresas en La Plata.
  3. La Empresas inscripta debe retirar la constancia de Inscripción en la Subsecretaría.
  4. CONSULTA

Inscripción en el Registro Provincial de Pymes: Otorga la posibilidad de pagar en cuotas la Inscripción de Productos en Bromatología.

Fecha de publicación: 17.06.2008

Bahía Blanca | Gobierno Municipal