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Exenciones Impositivas

Ley de Emergencia y Desastre Agropecuario


Contempla a todas aquellas zonas afectadas con delimitación del área territorial a nivel de partido o sectores del partido, cuando factores de origen climáticos, telúrico, físico o biológico, que no fueren previsibles o siéndolo fueran inevitables, por su intensidad o carácter extraordinario, afectaren la producción o la capacidad de producción de una región dificultando gravemente la evolución de las actividades agrarias y el cumplimiento de las obligaciones crediticias y fiscales.


Los productores afectados por dicho fenómeno se verán beneficiados con un descuento en el Impuesto Inmobiliario Rural, como también podrán refinanciar sus créditos solicitados en Bancos Estatales.

PROCEDIMIENTO:

La forma de acceder a los beneficios de esta Ley son cambiantes todos los años y con cada presentación. Si está interesado en conocer más consultar.

  • Inscripción en el Registro Provincial de Microempresas: Ley Provincial Nº 11.936 de la Provincia otorga la exención del mínimo al Impuesto de Ingresos Brutos, la posibilidad de pagar en cuotas la Inscripción de Productos en Bromatología, I.O.M.A. empresarial y figurar como proveedor del Estado Provincial.

Fecha de publicación: 17.06.2008

Bahía Blanca | Gobierno Municipal