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para empresarios
exenciones
impositivas
Exenciones Impositivas
Ley de Emergencia y Desastre Agropecuario
Contempla a todas aquellas zonas afectadas con delimitación
del área territorial a nivel de partido o sectores del partido, cuando
factores de origen climáticos, telúrico, físico o biológico,
que no fueren previsibles o siéndolo fueran inevitables, por su intensidad
o carácter extraordinario, afectaren la producción o la capacidad
de producción de una región dificultando gravemente la evolución
de las actividades agrarias y el cumplimiento de las obligaciones crediticias
y fiscales.
Los productores afectados por dicho fenómeno se verán beneficiados
con un descuento en el Impuesto Inmobiliario Rural, como también podrán
refinanciar sus créditos solicitados en Bancos Estatales.
PROCEDIMIENTO:
La forma de acceder a los beneficios de esta Ley son cambiantes todos los
años y con cada presentación. Si está interesado en conocer
más consultar.
- Inscripción en el Registro Provincial de Microempresas: Ley Provincial
Nº 11.936 de la Provincia otorga la exención del mínimo
al Impuesto de Ingresos Brutos, la posibilidad de pagar en cuotas la Inscripción
de Productos en Bromatología, I.O.M.A. empresarial y figurar como
proveedor del Estado Provincial.
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