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Normativa para la habilitación de ascensores
Recuerde:
Un ascensor, para resultar seguro -y evitar accidentes-, debe ser:
- Construído correctamente.
(Respetando normas técnicas IRAM o similares europeas, y según ordenanza 2.209, en forma tipificada –seriada- (no artesanal), con controles de calidad y respetando la buena calidad de sus componentes materiales y de mano de obra).
- Correctamente proyectado, configurado e instalado.
(Como describe el procedimiento en www.bahiablanca.gov.ar, la reglamentación de la ordenanza 2.209 y las “reglas del arte”).
- Proyecto electromecánico presentado y aprobado en el Departamento municipal de Electricidad y Mecánica.
- Conforme a obra presentado y aprobado en el Departamento municipal de Electricidad y Mecánica.
- Con constancia de su habilitación por el municipio local - (Ordenanza 2.209)
- Con mantenimiento –matriculado- mensual
(contratado ininterrupidamente durante la vida útil del equipo). - (Ordenanza 2.208).
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