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Saneamiento AmbientalHumos y oloresSe realizan constataciones de la intensidad e irritabilidad del humo u olor en el interior de los domicilios de los vecinos afectados, con el fin de determinar el grado de molestia e identificar la fuente emisora. Se controla también el cumplimiento de la prohibición de quemas a cielo abierto. Además se efectúan los controles correspondientes en las chimeneas de los distintos establecimientos industriales o comerciales que desarrollan actividades con emisiones gaseosas al medio ambiente. En los casos que correspondan, se exige la instalación de sistemas interceptores que permitan el filtrado del flujo gaseoso, para lo cual deberán presentar el informe técnico respectivo avalado por profesional competente. La normativa aplicada es la Ley Prov. 7315 y su Decreto Reglamentario 1123 – Art. 15, y el Código de Planeamiento Urbano (Tabla Nº 1 de intensidad y Tabla Nº 2 de irritabilidad).
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Fecha de publicación: 17.05.2005 |